Documento 41 - Infracción - Coche 6 - Mala conducta
📋 Decisión de los Comisarios - Documento 41
- Fecha: 31 de octubre de 2026
- Hora: 10:50
- Evento: Gran Premio de la Ciudad de México 2026
| Campo | Detalles |
|---|---|
| Competidor | Oracle Red Bull Racing |
| No / Piloto | 6 - Isack Hadjar |
| Sesión | Pruebas Libres 1 (FP1) |
| Hecho | El piloto y un invitado del Paddock parecieron tener una interacción en el Paddock antes del inicio de la FP1. |
| Infracción | Incumplimiento del Artículo 12.2.1.l del Código Deportivo Internacional de la FIA. |
| Decisión | Piloto: Advertencia formal. |
📝 Motivos
Los Comisarios escucharon al piloto del Coche 6 (Isack Hadjar) y al representante del equipo, y revisaron las pruebas en video.
El piloto declaró que iba tarde para la FP1 y se había detenido a tomarse una fotografía con un joven aficionado, cuando fue abordado por un invitado del Paddock de manera agresiva. Una persona de seguridad caminaba detrás de él y no pudo intervenir para prevenir lo que equivalía a una invasión del espacio privado del piloto. El piloto inicialmente resistió el movimiento colocando su mano en la cintura del invitado, manteniéndolo a raya, y luego el piloto lo empujó a un lado con su mano derecha abierta.
Esta última acción del piloto se considera una infracción de los reglamentos; sin embargo, como mitigación de la pena, los comisarios consideraron los siguientes asuntos (de acuerdo con las directrices proporcionadas en el Apéndice B del Código Deportivo Internacional de la FIA):
- a) El piloto estaba reaccionando a una acción no invitada y bastante agresiva por parte de otra persona.
- b) El piloto se esforzaba por abrirse paso hacia el inicio de la FP1 a través de una zona congestionada.
- c) El piloto no contaba con la seguridad suficiente presente.
- d) El invitado estaba invadiendo su espacio personal sin su consentimiento.
- e) El problema general que experimentan los pilotos al desplazarse por el Paddock.
Se recuerda a los competidores que tienen derecho a apelar ciertas decisiones de los Comisarios, de conformidad con el Artículo 15 del Código Deportivo Internacional de la FIA y el Capítulo 5 de las Reglas Judiciales y Disciplinarias de la FIA, dentro de los límites de tiempo aplicables.